¿Qué se debe tomar en cuenta para determinar si la integridad personal fue vulnerada en una supuesta víctima de tortura?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2022, se pronunció sobre las características personales que deben ser tomadas en cuenta para determinar si la integridad personal es vulnerada en una supuesta víctima de tortura.

¿QUÉ SE DEBE TOMAR EN CUENTA PARA DETERMINAR SI LA INTEGRIDAD PERSONAL FUE VULNERADA EN UNA SUPUESTA VÍCTIMA DE TORTURA? [CASO BISSOON Y OTROS VS TRINIDAD Y TOBAGO]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2022, se pronunció sobre las características personales que deben ser tomadas en cuenta para determinar si la integridad personal es vulnerada en una supuesta víctima de tortura.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha indicado "que la violación del derecho a la integridad física y psíquica de las personas tiene diversas connotaciones de grado y que abarca desde la tortura hasta otro tipo de vejámenes o tratos crueles, inhumanos o degradantes, cuyas secuelas físicas y psíquicas varían de intensidad según factores endógenes de la persona que deberán ser analizados en cada situación concreta. Es decir, las características personales de una supuesta víctima de tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes, deben ser tomadas en cuenta al momento de determinar si la integridad personal fue vulnerada, ya que tales características pueden cambiar la percepción de la realidad del individuo y, por ende, incrementar el sufrimiento y el sentido de humillación cuando son sometidas a ciertos tratamientos" [Párrafo 45].

La sentencia es importante debido a que, aborda sobre las características personales  de una supuesta víctima de tortura a tomar en cuenta para determinar si la integridad personal fue vulnerada.

[Accede a resolución en "Descargar"].

Pariona Abogados