QUE JUEZ HAYA LABORADO HACE VARIOS AÑOS EN ESTUDIO JURÍDICO EN EL QUE TRABAJA LA DEFENSA TÉCNICA NO NECESARIAMENTE AFECTA SU IMPARCIALIDAD [CASACIÓN N.° 1095-2021/NACIONAL]
La Corte Suprema, mediante Recurso de Casación N.° 1095-2021/Nacional, se ha pronunciado acerca de la naturaleza de la imparcialidad en casos de haber existido vínculo laboral entre el juez y alguna de las partes, lo cual fue cuestionado en el presente caso.
La Corte Suprema ha señalado que: “Sin embargo, en este caso, los rogantes han señalado que el juez supremo San Martín Castro trabajó, 18 años atrás, en el mismo estudio que uno de los procesados o su abogado patrocinante, pero no han revelado ningún elemento, dato o indicio que haga ver la amistad notoria, al día de hoy, con los procesados justiciables de la Casación número 1095-2021/Nacional. […] El vínculo laboral antiguo no es suficiente para causar el apartamiento, porque las relaciones labores no permanecen necesariamente cordiales con el paso del tiempo; por lo demás, los intereses recíprocos que tuvieron pertenecen al pasado, y para tener suficiencia requiere que cobren actualidad de cualquier forma, extremo en el que el pedido de apartamiento nos deja en ayunas”.
Esta sentencia es importante porque ayuda a comprender el alcance de la imparcialidad como principio rector en el proceso penal, sobre todo porque no cualquier razón subjetiva valdrá para amparar estas alegaciones.
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