PECULADO POR APROPIACIÓN PARA SÍ: SOBRESEIMIENTO Y VARIACIÓN DE OFICIO DE CAUSAL INVOCADA [Casación N.º 1135-2019, Huancavelica]
La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1135-2019, Huancavelica,resolvió atendiendo mayores pautas en torno a la figura del sobreseimiento. El delito a colación fue contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso por apropiación, en agravio del Estado.
La Sala Penal Permanente consideró que “el sobreseimiento, es aquella figura jurídica mediante la cual el órgano jurisdiccional que conoce un proceso en la etapa intermedia da por concluida su tramitación sin emitir decisión final sobre el fondo de la controversia, no pronunciándose, de esta forma, respecto a si el imputado es o no responsable de los hechos delictivos atribuidos, al haber concurrido alguna de las causales contenidas en el numeral 2 del artículo 344 del Código Procesal Penal, y es de exclusiva competencia un pronunciamiento de dicha índole del juez de la investigación preparatoria, de conformidad con el artículo 345 del corpus normativo antes referido” (FJ N.° 17).
Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances en torno al sobreseimiento.
[Accede a la jurisprudencia en "Descargar"].