No son necesarias las lesiones graves para evidenciar animus necandi

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 2215-2021/Cusco, se ha referido a la actitud violenta de una persona y las lesiones en la tentativa de feminicidio.

NO SON NECESARIAS LAS LESIONES GRAVES PARA EVIDENCIAR ANIMUS NECANDI [RECURSO CASACIÓN N.º 2215-2021/CUSCO]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 2215-2021/Cusco, se ha referido a la actitud violenta de una persona y las lesiones en la tentativa de feminicidio.

El colegiado supremo determinó que “[e]s verdad que no constan lesiones graves y de necesidad mortal, pero tal exigencia no es un indicio cuya falta de acreditación elimine el animus necandi. El estar ante un maltratador y el hecho de que atacara sorpresivamente a la agraviada y la ahorcara presionando el cuello con sus dos manos, al punto de ponerla en estado de inconsciencia, a partir de un dato gravísimo desencadenante (denuncia por violación de su propia hija menor de edad), son indicios graves de esa voluntad de matar. Es más, el imputado tras advertir que la agraviada estaba inconsciente, cuando ella despertó no la mató porque aceptó sus exigencias” (FJ. 7).

Esta sentencia es importante porque incide en la evaluación de la prueba por indicios para los delitos de muerte que impliquen actos de lesiones a la víctima.

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