No existe unidad de fundamento entre falta disciplinaria y tipo delictivo

La Corte Suprema se ha referido en el Recurso de Casación N.° 1251-2019/Lambayeque acerca de la distinción de fundamentos entre las faltas y el tipo delictivo, en un contexto de vulneración de los deberes de especiales otorgados a funcionario público.

NO EXISTE UNIDAD DE FUNDAMENTO ENTRE FALTA DISCIPLINARIA Y TIPO DELICTIVO (RECURSO CASACIÓN N.° 1251-2019/LAMBAYEQUE)

La Corte Suprema se ha referido en el Recurso de Casación N.° 1251-2019/Lambayeque acerca de la distinción de fundamentos entre las faltas y el tipo delictivo, en un contexto de vulneración de los deberes de especiales otorgados a funcionario público.

La Corte señala: “no puede haber unidad de fundamento entre una falta disciplinaria y un tipo delictivo, más aún cuando en el caso concreto tutelan bienes jurídicos distintos y la figura penal requiere, en lo esencial, la exigencia o que se reciba alguna ventaja material para realizar un acto del cargo o contrario a él; elementos que, desde luego, no se presentan en los injustos administrativos y no pueden ser equivalentes con los delitos contra la Administración Pública, más aún en los delitos de desobediencia referido al aprovechamiento de la posición de un funcionario público como el cohecho”.

Esta sentencia es importante porque se desenvuelve en el ámbito de la jurisdicción militar, dando luces a una correcta aplicación de las normas.

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