La reserva de las investigaciones fiscales no alcanza a los directamente comprometidos

La Corte Suprema, mediante la Apelación N.º 161-2022, Lima Sur, estimó en parte el recurso de apelación, revocando el auto de primera instancia y declarar fundada la solicitud de tutela de derechos. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, cohecho pasivo.

LA RESERVA DE LAS INVESTIGACIONES FISCALES NO ALCANZA A LOS DIRECTAMENTE COMPROMETIDOS [APELACIÓN N.º 161-2022, LIMA SUR]

La Corte Suprema, mediante la Apelación N.º 161-2022, Lima Sur, estimó en parte el recurso de apelación, revocando el auto de primera instancia y declarar fundada la solicitud de tutela de derechos. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, cohecho pasivo.

La Sala Penal Permanente resolvió que "[...] la reserva de las investigaciones fiscales solo atañe a personas ajenas a la indagación y no alcanza a los directamente comprometidos en esta. Quienes están inmersos en un sumario fiscal deben ejercer plenamente su derecho de defensa, por lo que tienen la posibilidad de interrogar a testigos, peritos y coimputados; también pueden acceder a los actos de investigación que les conciernan, a fin de contradecirlos [...]" (FJ.10).

Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances sobre las reservas de investigaciones fiscales.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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