La relación entre el principio de congruencia procesal y el derecho de defensa

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 01764-2021-PHC/TC Lima Norte, ha tratado el principio de congruencia procesal en relación con el derecho de defensa.

LA RELACIÓN ENTRE EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA PROCESAL Y EL DERECHO DE DEFENSA [STC EXP. N.° 01764-2021-PHC/TC LIMA NORTE] 

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 01764-2021-PHC/TC Lima Norte, ha tratado el principio de congruencia procesal en relación con el derecho de defensa. 

El colegiado indica que “en cuanto al principio de congruencia entre la acusación y sentencia, el principio de correlación o congruencia entre lo acusado y lo condenado constituye un límite a la potestad de resolver por parte del órgano jurisdiccional, toda vez que garantiza que la calificación jurídica realizada en el marco de un proceso penal (tomando en cuenta lo señalado por el Ministerio Público, en virtud de su competencia postulatoria) sea respetada al momento de emitirse sentencia. Entonces, resultaría vulneratorio del derecho de defensa si el procesado, ejerciendo su defensa respecto de determinados cargos, termina condenado por otros no discutidos y que no pudieron ser objeto del contradictorio dentro del proceso penal”.

Esta sentencia es importante porque implica una correcta asimilación principio-derecho fundamental que debe existir en el proceso penal, la cual debe estar envuelto necesariamente en consideraciones constitucionales.

Fuente: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda

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