La negativa del Ministerio Público de evaluar conforme a una debida motivación afecta al derecho de acceso a la justicia

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.º 02132-2022-AA/TC se ha pronunciado sobre el derecho de acceso a la justicia.

LA NEGATIVA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE EVALUAR CONFORME A UNA DEBIDA MOTIVACIÓN AFECTA AL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA [EXP. N.º 02132-2022-AA/TC]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.º 02132-2022-AA/TC se ha pronunciado sobre el derecho de acceso a la justicia.

El colegiado ha señalado que “[en cuanto al acceso a la justicia] en relación con la judicatura, que cuando ésta no asume la elemental responsabilidad de examinar lo que se le solicita y, lejos de ello, desestima, de plano, y sin merituación alguna lo que se le pide, en el fondo lo que hace es neutralizar el acceso al que, por principio, tiene derecho todo justiciable, desdibujando el rol o responsabilidad que el ordenamiento le asigna. Ello es plenamente aplicable al Ministerio Público, no solo porque este órgano constitucional que ostenta la titularidad de la acción penal debe respetar el debido proceso, sino porque en el caso concreto, la negativa de evaluar conforme a una debida motivación, el pedido para ser considerado agraviado en el proceso limita seriamente la participación del recurrente en el proceso penal” (FJ 14).

Esta resolución es relevante dado que, el TC ha establecido que la negativa del Ministerio Público de evaluar conforme a una debida motivación afecta el derecho de acceso a la justicia.

Fuente: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda

Pariona Abogados