ES POSIBLE RENOVAR LA TESTIMONIAL PESE A LA POCA ESPONTANEIDAD [APELACIÓN N.º 185-2022, SUPREMA]
La Corte Suprema, mediante la Apelación N.º 185 -2022, Suprema, declaró infundado el recurso, de modo que confirman el auto de primera instancia. El delito a colación fue, en concreto, de tráfico de influencias con agravantes.
La Sala Penal Permanente resolvió que "[...] es verdad que la renovación de una diligencia de investigación (concretamente un acto de investigación personal) siempre trae consigo algún nivel de pérdida de espontaneidad por el órgano de prueba, pero tal situación no imposibilita en grado superlativo o definitivo la aportación de información que se requiere, más aún si la información que introduciría el testigo se controlará por todas las partes procesales a partir de la técnica de interrogatorio y contra interrogatorio; de ahí que tal defecto se concibe legalmente como un mero acto irregular subsanable y sujeto a repetición [...]" (FJ.5).
Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances sobre la posibilidad de anular una testimonial en diligencias preliminares.
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