El lavado de activos es un delito pluriofensivo

La Corte Suprema, mediante lo resuelto en el R.N. N.º 2444-2013, Lima, se ha pronunciado sobre la pluriofensividad del delito de lavado de activos.

EL LAVADO DE ACTIVOS ES UN DELITO PLURIOFENSIVO [R.N. N.º 2444-2013, LIMA]

La Corte Suprema, mediante lo resuelto en el R.N. N.º 2444-2013, Lima, se ha pronunciado sobre la pluriofensividad del delito de lavado de activos. 

El colegiado ha señalado que “(...) se identifica al lavado de activos como todo acto o procedimiento realizado que busca darle una apariencia de legitimidad a los bienes y capitales que tienen un origen ilícito. Se trata de un delito pluriofensivo, común y a la vez no convencional, que constituye en la actualidad un notorio exponente de la moderna criminalidad organizada” (F.J. 5).

Esta resolución es importante, porque establece que el lavado de activos es un delito que lesiona gravemente diversos intereses jurídicos, que es de naturaleza mixta y singular, que constituye en la actualidad un notable paradigma de la compleja criminalidad organizada.

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