¿CUÁL ES LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CAUCIÓN ECONÓMICA? [Apelación 152-2022, Suprema]
La Corte Suprema, mediante el Apelación N.° 152-2022, Suprema, se pronunció en torno a la naturaleza jurídica de la caución económica. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, peculado doloso por apropiación.
La Sala Penal Permanente considera que " en cuanto a la caución económica, ésta persigue asegurar que el
imputado cumpla las obligaciones impuestas y las órdenes de la autoridad. Su cuantía se determina en función, entre otras, en seis circunstancias relevantes con entidad para influir en el mayor o menor interés del imputado para ponerse fuera del alcance de la autoridad: naturaleza del delito, condición económica, personalidad, antecedentes, modo de cometer el delito y gravedad del daño ocasionado por el agente".
Esta decisión es importante debido a que brinda alcances en torno a la naturaleza jurídica de la caución económica.
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