¿Cómo diferenciar la determinación legal y la determinación judicial de la pena en el delito de peculado?

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1265-2021, Huancavelica, Lima, se pronunció en torno a la determinación judicial y determinación legal de la pena. El delito a colación es contra la administración pública, en concreto, peculado.

¿CÓMO DIFERENCIAR LA DETERMINACIÓN LEGAL Y LA DETERMINACIÓN JUDICIAL DE LA PENA EN EL DELITO DE PECULADO?  [Casación N.º 1265-2021, Huancavelica]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1265-2021, Huancavelica, Lima, se pronunció en torno a la determinación judicial y determinación legal de la pena. El delito a colación es contra la administración pública, en concreto, peculado.

La Sala Penal Transitoria consideró que “la aplicación de la pena engloba dos etapas secuenciales marcadamente definidas, la primera denominada determinación legal y la segunda rotulada como determinación judicial. En lo atinente a la primera etapa, se debe identificar el marco de punición abstracto que el tipo penal prevé para el hecho imputado. En la segunda etapa, se debe realizar un juicio sobre la presencia de circunstancias agravantes, atenuantes y/o cualquier otro factor de reducción o disminución de la pena”.

Esta decisión es importante debido a que diferencia momentos en la determinación legal y judicial de la pena.

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