APLICACIÓN DE PRINCIPIOS PARA RESOLVER CASOS DE CONCURSO APARENTE DE LEYES [Casación N.° 2079-2021/Lambayeque]
La Corte Suprema, mediante la casación N.° 2079-2021/Lambayeque, se ha pronunciado sobre los principios para resolver el concurso aparente de leyes.
La Corte Suprema ha señalado que “existen criterios y principios para resolver el concurso aparente de leyes, tales como: especialidad, subsidiariedad y consunción. Así, en la especialidad el tipo desplazado está contenido conceptualmente en el desplazante. Esto es, un precepto es más especial que otro cuando requiere, además de los presupuestos igualmente exigidos por este segundo, algún presupuesto adicional: si un precepto requiere los presupuestos a + b y otro los presupuestos a + b + c, el segundo es más especial que el primero. En la subsidiariedad un tipo opera como tipo de recogida o residual para el supuesto de que la conducta del autor no esté abarcada o comprendida ya por un tipo sancionado con pena más grave. Y de consunción se habla finalmente cuando el tipo desplazado va acompañando, aunque no de modo conceptualmente necesario, sí típicamente, al delito más grave” (FJ.12).
Esta sentencia es importante porque la Corte Suprema menciona como diferenciar el principio de especialidad, subsidiariedad y consunción.
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