APLICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD RESTRINGIDA EN DELITOS COMETIDOS CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD
La Corte Suprema, mediante Revisión de Sentencia NCPP N.° 308-2020/Puno, se pronunció en torno a la aplicación de la responsabilidad restringida en razón de la edad del imputado, en los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, en concreto, homicidio calificado.
La Sala Penal Permanente señaló que "es necesario aclarar que la aplicación de esta circunstancia modificativa de la responsabilidad penal en razón de la edad del imputado es facultativa; depende de las circunstancias que en cada caso se presenten. Es la discrecionalidad del magistrado la que determinará, siempre de manera debidamente justificada, el quantum de la pena a reducirse o la no reducción".
Esta decisión es importante debido a que brinda alcances en torno a la aplicación facultativa de la responsabilidad restringida en razón de la edad del imputado.
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